miércoles, 17 de diciembre de 2014

MARCO LEGAL EN PRIMEROS AUXILIOS


Hemos visto en el blog cómo actuar ante diversas situaciones ofreciendo primeros auxilios, aunque no seamos profesionales de la medicina, pero siempre y cuando tengamos unos conocimientos básicos y no pongamos aún más en peligro la vida de la persona a la que vamos a socorrer. Porque... ¿qué responsabilidad legal estamos asumiendo a la hora de ofrecer primeros auxilios?
Lo primero que debemos saber es que ante una situación de emergencia, cualquiera de nosotros tiene la obligación de atender a las personas afectadas. Con atender no quiere decir que tengamos que realizarle técnicas de rescate si carecemos de conocimientos, pero una llamada a los servicios de emergencias o buscar la ayuda de terceras personas puede también salvar la vida de la víctima. En estos casos, hacerse el sueco o negar auxilio nos haría incurrir en un delito de omisión del deber de socorro, que está castigado con penas de prisión y multas.

Pero... ¿qué pasa si aplicamos un primer auxilio y provocamos una lesión en la víctima? Siempre que hayamos puesto todo de nuestra parte para que la persona no sufriera ningún daño, y si no existe una intención de causarlo, podríamos no tener responsabilidad penal. En cambio, cuando el daño lo causa un profesional al no tomar las medidas de precaución necesarias, empeorando el estado de la víctima, sí que incurriría en un delito de imprudencia temeraria.

Por lo tanto, si te encuentras a una persona que necesita tu ayuda; llama a los servicios de emergencias, avisa a alguien, hazle un RCP, Heimlich, torniquete o simplemente quedate a su lado ofreciendo apoyo moral; así te evitas una multa (bueno, no lo hagas sólo por la multa...).

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